Unión convivencial

¿Estás conviviendo con tu pareja y querés formalizar la unión convivencial?
Podés hacerlo a través de un acta notarial otorgada ante tu escribano o escribana de confianza.

La unión convivencial puede inscribirse en el registro de las personas. No genera derechos hereditarios, pero es útil para resguardar derechos previsionales y acreditar el vínculo ante organismos como ANSES, obras sociales y prepagas.

Fuente: Colegio de escribanos de la Provincia de Buenos Aires

Donación

Se trata de un contrato gratuito que permite disponer de los bienes que una persona tiene en su patrimonio.
Debe ser celebrado en vida del que dona (Donante) y el que recibe (Donatario)

La ley 27.587 publicada el 16 de diciembre de 2020, modificó el régimen legal de la donación con una doble finalidad: fortalecer la circulación de los títulos; y fomentar las donaciones a instituciones no gubernamentales.

Actualmente, si la donación afecta la herencia de un heredero forzoso (descendientes, ascendientes, y cónyuge), el afectado puede reclamar el dinero que le hubiera correspondido por herencia del bien, pero no el bien en sí mismo.

¿Querés donar?
Es muy importante que recibas el asesoramiento previo de tu escribano o escribana de confianza.

Fuente: Colegio de escribanos de la Provincia de Buenos Aires

Autorización para viajar

¿Vas a viajar con un menor de edad?
Necesitás contar con la conformidad de sus padres o tutores, que puede ser otorgada por escrito ante tu escribano o escribana.

Existen distintos tipos de autorización de viaje:
– Respecto del tiempo: puede ser hasta la mayoría de edad o por un periodo de tiempo determinado
– Respecto del lugar: puede ser a cualquier país del mundo o a un lugar o lugares determinados.
– Respecto del acompañamiento: Puede autorizarse al menor para viajar solo, acompañado de otra persona, o los padres pueden autorizarse recíprocamente.

Recordá que el instrumento deberá ser legalizado en el colegio de escribanos

Representación de menores de edad

¿Tenés que otorgar un acto en representación de un menor de edad? Si actuás como madre, padre o tutor no olvides asistir a la escribanía con:
– Tu DNI y el DNI del menor
– Acta o certificado de nacimiento o sentencia de tutela.
– Dependiendo el acto a otorgar: la autorización del juez.

Es importante que recibas asesoramiento previo de tu escribano o escribana de confianza.

Fuente: Colegio de escribanos de la Provincia de Buenos Aires

Poderes

¿Necesitás hacer un trámite y no podés hacerlo en forma personal?
Podés otorgar un poder, para que otra persona te represente.

Para otorgar un poder necesitás:
– DNI del otorgante y su estado civil.
– Nombre completo, DNI y fecha de nacimiento del apoderado.
– Determinar el tipo de poder que otorgás.

Los poderes permiten representar a la persona que lo confirió. Pueden ser generales o especiales de acuerdo al tipo de trámite o acto que tengas que otorgar.

Si intervenís en nombre de una Persona Jurídica, además debés presentar:
– Estatuto social y modificaciones
– Actas con designación de autoridades vigentes
– Dependiendo el tipo de poder, un acta especial que apruebe su otorgamiento.

Recordá que si el poder va a ser utilizado fuera de la jurisdicción donde se otorgó, deberá estar legalizado por el colegio de escribanos.

Fuente: Colegio de escribanos de la Provincia de Buenos Aires